Confederación Hidrográfica del Segura

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Calidad en aguas subterráneas

En los años 70, el IGME comenzó a establecer y gestionar las redes de control de aguas subterráneas de España, mediante campañas de observación sistemáticas y continuadas tanto de piezometría como de calidad de las aguas, incluyendo como parte de ellas las aguas subterráneas de la cuenca del Segura.

Posteriormente, a partir del año 1995, este control se ha realizado conjuntamente con la antigua Dirección General de Obras Hidráulicas y Calidad de las Aguas, hoy Dirección General del Agua, del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, a la vez que junto con las Confederaciones Hidrográficas se está procediendo a una revisión y ampliación de las redes existentes.

Con la entrada en vigor de la Directiva Marco (Directiva 2000/60/CE), y de la modificación de la Ley de Aguas de 1985, con Real Decreto Legislativo 1/2001. en su artículo 92 ter. Apdo. 2º, se establece que en cada Demarcación hidrográfica deben de establecerse programas de seguimiento del estado de las aguas, que permitan obtener una visión general, coherente y completa de cada una de las masas de agua que se definan. Estos programas de seguimiento empezaron a ser operativos oficialmente, a partir del 31 de diciembre de 2006, conforme al apartado 3º de la Disposición adicional undécima del citado R.Dto. Legislativo 1/2001.

Para cumplir con la citada obligación de establecer programas de seguimiento del estado de las aguas subterráneas, el anterior Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino llevó a cabo unos trabajos de adecuación de las primitivas redes oficiales de control para las distintas demarcaciones hidrográficas. Analizándose el estado de operatividad de las primitivas estaciones, y seleccionando nuevos emplazamientos para la ubicación de nuevos puntos de control, incluyendo sondeos de nueva ejecución.

Como consecuencia de la adecuación de esta incipiente red para el seguimiento del estado de las masas de agua subterránea, a nivel de distintas demarcaciones hidrográficas, se llevaron a cabo, desde finales de 2005 a finales de 2008, cuatro campañas de toma de muestra y análisis químicos de agua, cuyos resultados se exponen a continuación:

Una vez finalizado el proyecto de las citadas campañas, se encuentra desarrollándose un nuevo proyecto de toma de muestra y de análisis de agua subterránea, con el fin de cubrir todas las masas de agua subterráneas, para lo cual, algunas actuaciones han consistido en la construcción y habilitación de nuevos pozos de control para la red oficial de calidad, proceso que está prácticamente finalizado en la actualidad.

En la Demarcación hidrográfica del Segura, conforme a este nuevo proyecto 2009-2011, se ha establecido una red principal (RPRIN) de control general de calidad de las aguas subterráneas que consta de 130 puntos, de la cual, unos 104 puntos parten como puntos preseleccionados para la subred de vigilancia (RV), y 26 puntos para la subred Operativa (RO), ésta últimas sobre masas de agua subterráneas definidas como en riesgo químico.

En referencia a la RO, en el transcurso de este proyecto, se irán distribuyendo y mejorando el número de estaciones según las condiciones más óptimas para su cometido, conforme a las conclusiones del estudio.

Por otra parte, en referencia a la red de control de zonas protegidas, también se ha establecido en la cuenca del Segura una subred específica de control de nitratos (RNIT) sobre aquellas masas de agua en riesgo químico por este componente y sobre aquellas zonas vulnerables, que consta de 58 puntos. Asimismo, se establece una cuarta subred de control de zonas protegidas para la captación de agua prepotable para abastecimiento (RABAS), que consta de 24 puntos, con propuesta de futura ampliación.

En general, sobre estas cuatro subredes integradas funcionalmente como una sola (Red Integrada de Control de Calidad de Aguas Subterráneas del Segura: RICCASS), la Confederación Hidrográfica del Segura cubre distintas campañas periódicas de muestreo sobre la base de los siguientes parámetros:

  • Parámetros "in situ":
    • Temperatura, pH, conductividad eléctrica, oxígeno disuelto (O2), dióxido de carbono disuelto (CO2), potencial redox (Eh), nivel piezométrico (en pozos), y aforo de caudal (en manantiales).
  • Análisis en laboratorio:
    • Parámetros Mayoritarios: cloruros, sulfatos, carbonatos, bicarbonatos, calcio, magnesio, sodio, potasio y sílice
    • Parámetros Adicionales: amonio, boro, cianuros totales, detergentes aniónicos, DBO5, DQO, fluoruros, fosfatos, hidrocarburos disueltos o emulsionados, nitrógeno kjendahl, nitratos y nitritos.
    • Metales: arsénico, bario, berilio, cadmio, cinc, cobalto, cobre, cromo, hierro, manganeso, mercurio, níquel, plomo, berilio, selenio y vanadio.
    • Parámetros Microbiológicos: coliformes totales a 37 ºC, coliformes fecales, estreptococos fecales, salmonellas 1L y salmonellas 5L.
    • Parámetros Radiactivos (R. Dto 140/2003, de 7 de febrero): radiación por actividad Alfa Total, radiación por actividad Beta Resto, radiación por actividad Beta Total, y radiación exclusiva por Tritio.

Asimismo, en el 20% de las muestras de la RPRIN se efectúa la determinación de los compuestos orgánicos peligrosos definidos por la Directiva Marco (Directiva 2000/60/CE) y modificados por la Decisión nº 2455/2001, que se han ido trasponiendo a nuestro ordenamiento jurídico según la aprobación de distintas Listas de sustancias peligrosas (Lista I, II, y Prioritaria), recogidas finalmente en el Real Decreto 606/2003 de 23 de mayo. Estos compuestos orgánicos peligrosos pueden agruparse, en:

Grupos Orgánicos: cloroalcanos, ftalatos (DEHP), compuestos orgánicos volátiles (COV), fenoles, hidrocarburos aromáticos policíclicos (PAH), plaguicidas y polibromos (PBDE).

Finalmente, con el establecimiento de la RICCASS la Confederación Hidrográfica del Segura trabaja de forma continua con el objeto de preservar y controlar la calidad de las masas de agua subterráneas comprendidas dentro de su jurisdicción, adaptándose a los requerimientos que marca la legislación vigente, en función del Real Decreto 1514/2009, de 2 de octubre, por el que se regula la protección de las aguas subterráneas contra la contaminación y el deterioro, que traspone la Directiva 2006/118/CE (Directiva Marco de aguas subterráneas: “DAS”).

Estación de la RICCASS  Manantial Ojos de Luchena (acuifero “Valdeinfierno”. Lorca, Murcia)

Estación de la RICCASS Manantial Ojos de Luchena (acuifero “Valdeinfierno”. Lorca, Murcia)