La frecuencia mínima de los controles dependerá del programa de seguimiento al que pertenezca el punto de control y de lo indicado en la normativa correspondiente.
En el caso de los programas de control de vigilancia y de control operativo, para los indicadores biológicos e hidromorfológicos se siguen los criterios de la DMA y del Real Decreto 817/2015, realizándose generalmente, un muestreo anual en ríos y lagunas y dos muestreos anuales en embalses. También hay que tener en cuenta los protocolos que aprueba el Ministerio de Alimentación, Agricultura y Medio Ambiente, con el fin de establecer la metodología de muestreo, análisis de laboratorio y cálculo de métricas para la valoración del estado ecológico. Pueden consultarse en el siguiente enlace:
Para los indicadores químicos y físico-químicos se siguen los criterios de la DMA y del Real Decreto 817/2015, realizándose controles mensuales, anuales o bianuales dependiendo de la ubicación del punto de control para la matriz agua y un muestreo anual, generalmente, para matrices biota y sedimento.
En el caso de los programas de control de zonas protegidas, la frecuencia de control es la siguiente:
Sonda Multiparámetrica empleada en los muestreos por el laboratorio de la CHS.