CONCLUSIÓN PROCESO DE CONSULTA PÚBLICA DE LOS MAPAS DE PELIGROSIDAD Y MAPAS DE RIESGO DE INUNDACIÓN DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DEL SEGURA. (3º CICLO)

De acuerdo con el artículo 21.2 del Real Decreto 903/2010, los mapas de peligrosidad por inundaciones y los mapas de riesgo de inundación de tramos situados en áreas de riesgo potencial significativo de inundación (ARPSI) se revisarán, y, si fuese necesario, se actualizarán a más tardar el 22 de diciembre de 2019 y a continuación cada seis años.

Por otro lado, de conformidad con el artículo 10.2 del Real Decreto 903/2010 los mapas de peligrosidad y de riesgo de inundación se someterán a consulta pública durante un plazo mínimo de tres meses. Una vez analizadas las alegaciones, se someterán a informe del Comité de Autoridades Competentes u organismo equivalente en las cuencas intracomunitarias y posteriormente se remitirán al Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.

Asimismo, de acuerdo con el artículo 14 ter.2. del Real Decreto 665/2023, de 18 de julio, por el que se modifica el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, la cartografía de las zonas inundables y de la zona de flujo preferente elaborada por la Confederación asociadas a otros cauces (no situados en zonas ARPSI), con el objeto de la protección del dominio público hidráulico y la mejora de la seguridad de las personas y bienes, para su integración en el Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables ha de someterla a información pública durante tres meses.

A tales efectos, y de conformidad con el artículo 10 del Real Decreto 903/2010 y con el artículo 14 ter. del Reglamento de Dominio Público Hidráulico se ha expuesto durante un plazo de tres meses en esta página WEB la documentación de la revisión y actualización de los mapas de peligrosidad por inundaciones y los mapas de riesgo de inundación de los tramos ARPSI, y de la cartografía de zonas inundables de otros tramos de interés de la Demarcación Hidrográfica del Segura. El proceso de consulta pública se inició con la publicación del anuncio correspondiente en el BOE (BOE núm. 183 de 31 de julio de 2025).

Una vez examinadas las observaciones y alegaciones presentadas, se ponen a disposición los siguientes archivos, que incluyen el documento consolidado y el anexo de contestación a las alegaciones:

El Anexo 5 detalla las alegaciones presentadas y cómo se han considerado en la consulta pública. En su apéndice, se identifica nominalmente a los alegantes —mediante DNI o razón social y número de registro— con indicación expresa del número de alegación asignado a cada uno.

Finalmente se informa que, de conformidad con lo indicado en el artículo 10.2 del Real Decreto 903/2010, los Mapas de Peligrosidad y Riesgo de Inundación de tercer ciclo han sido sometidos a informe del Comité de Autoridades Competentes de la Demarcación Hidrográfica del Segura en reunión celebrada el 16 de marzo de 2026. Asimismo, de conformidad con el artículo 14.ter del RDPH, en lo que se refiere a cartografía de las zonas inundables y de la zona de flujo preferente asociadas a otros cauces (no situados en zonas ARPSI), el presidente ha aprobado el expediente con fecha 31 de marzo de 2026.

 

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