Zonas-inundables

Consulta pública de la revisión y definición de la cartografía de las Zonas de Flujo Preferente asociada a diversos tramos de las ARPSIs 9, 10, 11, 12, 16, 17 de la Demarcación Hidrográfica del Segura.

 

Con fecha 23 de mayo de 2022, el Presidente de la Confederación Hidrográfica del Segura O.A., conforme a lo previsto en el artículo 10.2 del Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de evaluación y gestión de riesgos de inundación, resolvió proceder a la apertura de un periodo de consulta pública de la revisión y definición de la cartografía de las Zonas de Flujo Preferente asociada a diversos tramos de las ARPSIs 9, 10, 11, 12, 16, 17 de la Demarcación Hidrográfica del Segura. A estos efectos se otorgó un plazo de tres meses a contar desde la fecha de publicación del anuncio (BOE de 7 de junio de 2022) para presentar aportaciones y/o alegaciones, en relación con dicha cartografía.

Con fecha 9 de agosto de 2022, el Presidente de la Confederación Hidrográfica del Segura, O.A. acordó ampliar el plazo inicial de la "Resolución de fecha 23 de mayo de 2022 por la que se abría un periodo de consulta pública de la revisión y definición de la cartografía de las Zonas de Flujo Preferente asociada a diversos tramos de las ARPSIs 9, 10, 11, 12, 16, 17 de la Demarcación Hidrográfica del Segura" en 1,5 meses, resultando un total de 4,5 meses a contar desde el día siguiente de la primera publicación en el BOE (BOE 31 de agosto de 2022).

Además de su publicación en el BOE, la apertura de dicho proceso de información pública fue comunicada a los Ayuntamientos afectados, concretamente a los Ayuntamientos de Alcantarilla, Beniel, Cartagena, Fuente Álamo, Lorca, Los Alcázares, Murcia, Puerto Lumbreras, Santomera y Torre Pacheco. 

En el proceso de información pública se presentaron 140 alegaciones que fueron estudiadas por este Organismo, para su toma en consideración si se consideraba procedente.

 

La cartografía de la zona de flujo preferente que se sometió a información pública se elaboró utilizando como base de partida los mapas de peligrosidad por inundación con probabilidad media (periodo de retorno igual a 100 años) cuya consulta pública se realizó con fecha 26 de abril de 2014 (primer ciclo de planificación) y 1 de agosto de 2019 (segundo ciclo de planificación), es decir, no era objeto de revisión en este proceso los mapas de peligrosidad aprobados en su momento, se trataba únicamente de concretar dentro de la zona inundable con una periodo de retorno igual a 100 años, la zona que tiene las características de Zona de Flujo Preferente, dado que esta zona no fue definida en su momento, y por tanto no fue sometida a consulta pública en los años 2014 y 2019, junto a los mapas de peligrosidad. 

Como consecuencia de las alegaciones recibidas en el proceso de información pública se ha realizado una nueva revisión de la zona de flujo preferente, esta nueva revisión se ha centrado fundamentalmente en la optimización de la definición de la vía de intenso desagüe. 

Como resultado de la revisión realizada del área inicialmente sometida a consulta pública se han eliminado 1.601 ha, resultando una superficie total afectada por la Zona de Flujo Preferente de unas 11.872 ha. Ahora bien, como resultado de esta revisión también se han detectado nuevas zonas (744 ha) donde se concentra el flujo, que tendrían la consideración de Zonas de Flujo Preferente, y que inicialmente no se sometieron a consulta pública. Estas nuevas 744 ha no se han incluido en la Zona de Flujo Preferente finalmente aprobada, y por tanto no serán objeto de su publicación en el SNCZI, en tanto en cuanto no sean sometidas a un nuevo proceso de consulta pública y hayan sido informadas por el Comité de Autoridades Competentes. 

Conforme se indica en el art. 10.2 del Real Decreto 903/2010, el 7 de noviembre de 2023 la cartografía de las zonas de flujo preferente (ZFP) asociada a diversos tramos de las ARPSIs 9, 10, 11, 12, 16 y 17 de la Demarcación Hidrográfica del Segura, fue sometida a informe del Comité de Autoridades Competentes de la Demarcación Hidrográfica del Segura, donde fue informada favorablemente.

 

Con fecha 13 de noviembre de 2023 el Presidente de la Confederación Hidrográfica del Segura, O.A., conforme a lo previsto en el artículo 14.ter del Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico (modificado por el Real Decreto 665/2023, de 18 de julio) ha resuelto la aprobación del expediente de revisión y definición de la cartografía de las zonas de flujo preferente asociada a diversos tramos de las ARPSIs 9, 10, 11, 12, 16, 17 de la Demarcación Hidrográfica del Segura.

 

Finalmente, una vez remitida la citada cartografía al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, ha sido publicada e integrada en el Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables, pudiéndose acceder a la misma a partir del siguiente enlace:

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