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ARCHIVO GENERAL DE LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL SEGURA

Información general

Horarios

De Lunes a Viernes: de 9 a 14:30 horas

Cómo llegar

Dirección: Embalse Santomera s/n (Ctra. de Fortuna)

Requisitos de acceso: Presentación DNI o pasaporte

Contacto

El Archivo General de la Confederación Hidrográfica del Segura, entra en funcionamiento a partir de 1994, como consecuencia de la ordenación llevada a cabo sobre los fondos documentales depositados en un edificio afecto al Embalse de Santomera , donde se había ido acumulando documentación, a lo largo del tiempo, sin orden ni concierto, con la sola pretensión de su conservación.

Como Archivo Histórico custodia fondos documentales desde primeros del siglo XX, y algunos de fecha anterior, que muestran la historia de este Organismo, desde su Asamblea Constituyente el 5 de diciembre de 1927 (Confederación Sindical Hidrográfica del Segura) hasta nuestros días; así como las actuaciones llevadas a cabo en la Cuenca del Segura para mitigar los efectos de la trágica agonía de esta cuenca siempre debatiéndose entre sequías e inundaciones.

Entrada al archivo

La Confederación Hidrográfica del Segura es un organismo autónomo adscrito al Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, con las funciones y cometidos que se regulan en el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas. Como consecuencia de la gestión de las funciones y cometidos que le son propias se han generado diversos fondos documentales, que se conservan en el Archivo General de la Confederación Hidrográfica.

Consulta en sala

El acceso a la Sala de Investigadores para la consulta de documentos es libre y gratuito, previa identificación mediante el DNI, el pasaporte o documento equivalente, que será escaneado y devuelto en el momento. La copia del mismo se adjuntará al expediente del usuario.

Los datos facilitados por el usuario serán tratados de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y utilizados únicamente para la prestación de nuestros servicios, y en ningún caso serán cedidos a terceros.

La consulta directa de la documentación original, sin embargo, está sujeta a la normativa legal vigente y al estado de conservación y/o descripción de los fondos.

Zona de consulta

Normas de acceso y consulta

  1. Por motivos de seguridad y conservación, los usuarios sólo podrán utilizar ordenador portátil y/o cuartillas sueltas de papel y lápiz, quedando prohibido el uso de estilográficas, bolígrafos o rotuladores mientras consultan los documentos. Así mismo estará prohibida la entrada de alimentos o bebidas.
  2. El Archivo pone a disposición de los usuarios los instrumentos de descripción de los fondos. El personal técnico de la Sala ofrece asimismo su asesoramiento y orientación en las investigaciones que realicen los usuarios.
  3. Deberá respetarse y no alterar el orden de las unidades de instalación aún cuando no estén foliadas. Los atados que pudieran encontrarse deberán volver a colocarse, una vez acabada la consulta, poniendo especial cuidado en no dañar los documentos.
  4. Para evitar daños irreparables en los documentos no se debe colocar sobre ellos ningún objeto, tampoco escribir, anotar o calcar sobre los mismos; se evitará doblarlos o apoyarse en ellos, así como cualquier manipulación que pueda dañar, manchar o estropear los documentos.
  5. No está permitida la consulta de más de una unidad de instalación (caja, legajo) simultáneamente. Tampoco se permite la consulta conjunta de un mismo documento por parte de dos o más usuarios.
  6. Los investigadores se responsabilizarán de cualquier pérdida o desperfecto que pueda sufrir la documentación que consulten y se comprometerán a devolverla en el mismo orden y estado en que les fue entregada.
  7. No se podrán sacar de la Sala de Consulta documentos, incluidos los instrumentos de consulta.
  8. El Archivo permite que el usuario deje reservadas hasta un máximo de 3 unidades de instalación, durante un plazo de 7 días, al abandonar su estancia en la Sala.
  9. Los ordenadores disponibles en la Sala de Consulta estarán únicamente habilitados para la consulta y petición de documentos del archivo, no permitiéndose otros usos ni la utilización de sus puertos USB.
  10. El usuario deberá seguir siempre las instrucciones del personal de la Sala.
  11. Por respeto al resto de los usuarios se debe procurar guardar silencio dentro de la Sala.
  12. Todos los documentos solicitados que cuenten con reproducción digital o en microfilm, deberán consultarse en estos formatos. Para la consulta de estos originales se autorizará el acceso previa presentación de una solicitud de autorización, detallando de manera razonada la causa.
  13. Se requerirá autorización expresa de la Dirección del Archivo para la consulta de:
    • Documentación en mal estado de conservación o en restauración (art. 62 Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español).
    • Documentos en proceso de organización, reinstalación, descripción o reproducción.
    • Fondos especiales (positivos y negativos fotográficos, planos y mapas, etc.)
    • Documentos para el trabajo en grupo.
  14. El Archivo General se reserva la facultad de limitar la consulta de la documentación en los supuestos anteriores, así como los documentos afectados por legislación vigente relativa a la protección de datos de carácter personal.

Búsqueda y orientación

El Archivo General de la Confederación Hidrográfica del Segura ofrece a los ciudadanos, investigadores e instituciones públicas y privadas un servicio de orientación y búsqueda de información en los fondos que custodia. Aquellos que lo deseen pueden ponerse en contacto con el Archivo a través de correo electrónico (archivo@chsegura.es) o fax (968. 853.058), explicando con claridad qué fondos documentales o datos les interesaría encontrar.

La búsqueda será realizada por el personal técnico del Centro haciendo uso de los instrumentos de descripción disponibles, y se remitirá la respuesta con el plazo máximo de dos semanas (correo electrónico), a través del mismo medio por el que fue recibida la consulta. En caso de que resultase infructuosa, se procurará dirigir al ciudadano hacia aquellos otros archivos o centros donde pueda proseguir su labor.

El sistema de archivo

Normativa

normas WAI-AA 2.0
normas HTML5 de W3C
normas CSS3 de W3C
licencia 'Creative Commons' 3.0