Calidad-en-aguas-subterráneas

Red de control de calidad en aguas subterráneas

Estado de las masas de agua subterráneas

En base a criterios establecidos en el Real Decreto 1514/2009, de 2 de octubre, por el que se regula la protección de las aguas subterráneas contra la contaminación y el deterioro (nitratos y plaguicidas) se generan los correspondientes informes de evaluación del estado químico de las masas de agua subterráneas:

Redes de control

Nota: Desde la tabla de atributos del propio visor se pueden exportar los datos de la red de calidad de las aguas subterráneas a formato CSV (texto separado por comas)

En los años 70, el IGME comenzó a establecer y gestionar las redes de control de aguas subterráneas de España, mediante campañas de observación sistemáticas y continuadas tanto de piezometría como de calidad de las aguas, incluyendo como parte de ellas las aguas subterráneas de la cuenca del Segura.

Posteriormente, a partir del año 1995, este control se ha realizado conjuntamente con la antigua Dirección General de Obras Hidráulicas y Calidad de las Aguas, hoy Dirección General del Agua, del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, a la vez que junto con las Confederaciones Hidrográficas se está procediendo a una revisión y ampliación de las redes existentes.

Con la entrada en vigor de la Directiva Marco (Directiva 2000/60/CE), y de la modificación de la Ley de Aguas de 1985, con Real Decreto Legislativo 1/2001. en su artículo 92 ter. Apdo. 2º, se establece que en cada Demarcación hidrográfica deben de establecerse programas de seguimiento del estado de las aguas, que permitan obtener una visión general, coherente y completa de cada una de las masas de agua que se definan. Estos programas de seguimiento empezaron a ser operativos oficialmente, a partir del 31 de diciembre de 2006, conforme al apartado 3º de la Disposición adicional undécima del citado Real Decreto Legislativo 1/2001.

Para cumplir con la citada obligación de establecer programas de seguimiento del estado de las aguas subterráneas, el anterior Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente llevó a cabo unos trabajos de adecuación de las primitivas redes oficiales de control para las distintas demarcaciones hidrográficas. Analizándose el estado de operatividad de las primitivas estaciones, y seleccionando nuevos emplazamientos para la ubicación de nuevos puntos de control, incluyendo sondeos de nueva ejecución.

Como consecuencia de la adecuación de esta incipiente red para el seguimiento del estado de las masas de agua subterránea, a nivel de distintas demarcaciones hidrográficas, se llevaron a cabo, desde finales de 2005 a finales de 2008, cuatro campañas de toma de muestra y análisis químicos de agua, cuyos resultados se exponen a continuación:

Con el establecimiento de la Red Integrada de Control de Calidad de Aguas Subterráneas del Segura (RICCASS) la Confederación Hidrográfica del Segura mejoró el seguimiento continuo y global del control y conocimiento de las masas de agua subterránea,  con el objeto de preservar y controlar su calidad química dentro de su jurisdicción, adaptándose a los requerimientos que marcaba la legislación vigente, en función del Real Decreto 1514/2009, de 2 de octubre, por el que se regula la protección de las aguas subterráneas contra la contaminación y el deterioro, que traspone la Directiva 2006/118/CE (Directiva Marco de aguas subterráneas: “DAS”).

Desde estas fechas, se han llevado a cabo las campañas de 2009 a mediados de 2013, resultando 8 campañas con las que se ha conseguido, en buena parte, muestrear todas las masas de agua subterráneas definidas, para lo cual, algunas actuaciones han consistido en la construcción y habilitación de nuevos pozos de control para una red oficial de calidad, proceso que está siempre en continua renovación. Los resultados para dicho periodo se exponen a continuación:

Para el primer semestre de 2014, se llevaron a cabo unas actuaciones de emergencia, sobre la base de los trabajos realizados por el laboratorio de la Confederación Hidrográfica del Segura, con unos objetivos mucho más reducidos para una red de control básica de 45 estaciones (motivos presupuestarios); no obstante lo cual, también se han obtenido unos resultados muy relevantes en el control y seguimiento de algunos puntos críticos seleccionados de las anteriores campañas; trabajos contemplados en la siguiente memoria:

A partir del segundo semestre de 2014, se han iniciado los trabajos de una nueva contratación de asistencia técnica, cuyos resultados se publican a continuación:

Con la aprobación del Real Decreto 817/2015, de 11 de septiembre, por el que se establecen los criterios de seguimiento y evaluación del estado de las aguas superficiales y las normas de calidad ambiental, se establece un marco normativo general que, aunque se excluye expresamente valores límites para los parámetros de control de aguas subterráneas, refunde distintas normas y valores límites de calidad de aguas que pueden ser aplicadas a las masas de agua subterránea en su defecto, o como criterio general para el control de vertidos indirectos a las mismas; así como los valores de referencia establecidos en el Anexo V del Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico que desarrolla los títulos preliminar, I, IV, V, VI, VII y VIII del texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio.

Para el primer semestre de 2016, se llevaron a cabo unas actuaciones de emergencia, sobre la base de los trabajos realizados por el laboratorio de la Confederación Hidrográfica del Segura, con unos objetivos mucho más reducidos para una red de control básica de 51 estaciones (motivos presupuestarios); no obstante lo cual, también se han obtenido unos resultados muy relevantes en el control y seguimiento de algunos puntos críticos seleccionados de las anteriores campañas; trabajos contemplados en la siguiente memoria:

A partir del segundo semestre de 2016 se reanudaron los trabajos suspendidos de la contratación vigente de la asistencia técnica. Para este semestre se realizó la campaña de la Prepotables (abastecimiento) cuya base y resultados se publican a continuación:

En el primer semestre de 2017 se llevó a cabo la Campaña de Operativa y la Campaña de Nitratos, cuya base y resultados se publican a continuación:

La actual Red Integrada de Control de Calidad de Aguas Subterráneas del Segura comprende: una subred de vigilancia (RV), de periodo trimestral, de 65 puntos. Y la subred Operativa (RO), de 46 puntos y periodo anual (alternando con la de vigilancia); ésta última sobre masas de agua subterráneas definidas como en riesgo químico, que a su vez se distribuye en una subred operativa destinada al control de las masas declaradas en riesgo químico “difuso y/o puntual” (SORDIP), con 28 estaciones; y en una subred operativa para el control de las masas declaradas en riesgo por intrusión SORI), con 18.

Estación de la RICCASS CA0726001 “Manantial Ojos de Luchena” (MASUB “Valdeinfierno”. Lorca, Murcia)

Por otra parte, en referencia a las redes de control de zonas protegidas, también se diferencia una subred específica o “neta” de control de nitratos (RNITRANET) sobre aquellas masas de agua en riesgo químico por este componente así como aquellas ubicadas en “zonas vulnerables”, que ha pasado a unos 45 puntos integrados en la RV (como VIGNIT, de periodo trimestral). Asimismo, se establece una cuarta subred de control de zonas protegidas para consumo humano o “prepotables” para abastecimiento (RABAS), que consta de 34 puntos de periodo anual, en alternancia a las otras 3 subredes. La RABAS siempre está abierta a futuras ampliaciones sobre la base del inventario del SINAC, y en función de los recursos presupuestarios.

En general, sobre estas cuatro subredes integradas funcionalmente como una sola (RICCASS), la Confederación Hidrográfica del Segura cubre distintas campañas periódicas y alternas de muestreo, en general, sobre la base de los siguientes programas de control de parámetros:

  • CONTROL BÁSICO:
    • Parámetros "in situ":
      • pH, conductividad eléctrica, oxígeno disuelto (O2)
    • Parámetros "en laboratorio":
      • Parámetros Mayoritarios: cloruros, sulfatos, carbonatos, bicarbonatos, calcio, magnesio, sodio, potasio (indicadores de hidrofacies).
      • Parámetros Adicionales: amonio, boro, DQO, etc.; fosforados, nitrógeno total, nitratos y nitritos (nutrientes).
  • CONTROL DE PLAGUICIDAS:
    • Plaguicidas organoclorados (endosulfan, metolacloro, etc..), plaguicidas organofosforados (clorfenvinfos, clorpirifos, etc..), herbicidas organonitrogenados (atrazina, simazina, terbutilazina, etc.). Otros herbicidas o acaricidas (diurón, isoroturón, trifluralina, DDT, glifosato etc..
  • CONTROL DE METALES (peligrosos):
    • Arsénico, cadmio y sus compuestos, cobre, cromo, mercurio, níquel y sus compuestos, plomo y sus compuestos, selenio, zinc, uranio (facultativo), etc..
  • CONTROL DE COMPONENTES INDUSTRIALES (peligrosos):
    • BTEXs (benceno, tolueno, xileno, etc..) Hidrocarburos aromáticos policíclicos (antraceno, etc..), Compuestos orgánicos volátiles (tricloroeteno, tetracloroeteno, clorobencenos, etc..), Ftalatos, etc..
  • CONTROL DE OTROS COMPONENTES INORGÁNICOS (peligrosos):
    • Cianuros totales, fluoruros, etc..

Y en concreto, partiendo de la aplicación de la asignación/distribución de cada uno de estos grupos paramétricos a las distintas subredes de los programas de muestreo, se determina:

  • Parámetros para las subredes VIGNIT (Vigilancia y “Nitranet”)

    La selección de estos parámetros se basa en el contenido de la Norma de calidad del Real Decreto 1514/2009, de 2 de octubre, así como la selección de parámetros más generalizada del Anexo III (Parte-B) del mismo Real Decreto; y en su defecto, en base a los valores límites del Real Decreto 817/2015, de 11 de septiembre, y de los Valores de referencia del Anexo V del Reglamento del Dominio Público Hidráulico

  • Parámetros fundamentales de la Subred SORDIP

    Se consideran fundamentales los compuestos nutrientes, así como los orgánicos derivados de la lista de sustancias peligrosas (Art.- 6.-1.a-, del Real Decreto 1514/2009, de 2 de octubre). Así como, en su defecto, los valores límites comprendidos en el Real Decreto 817/2015, de 11 de septiembre y los Valores de referencia del Anexo V del Reglamento del Dominio Público Hidráulico. En aquellas masas declaradas en riesgo químico difuso y/o puntual, sobre la base del Anexo II del Real Decreto 1514/2009, de 2 de octubre (y su modificación por el Real Decreto 1075/2015, de 27 de noviembre), se aplicarán los Valores de Umbral asignados por el Plan de la Demarcación hidrográfica del Segura y en sus modificaciones futuras.

  • Parámetros fundamentales de la Subred SORI

    Se consideran fundamentales los Cloruros y Sulfatos como componentes específicos derivados de la lista mínima de contaminantes y sus indicadores para el establecimiento de umbrales, según el Anexo-II, Parte-B.1 del Real Decreto 1514/2009, de 2 de octubre (y su modificación por el Real Decreto 1075/2015, de 27 de noviembre), que se establecerán sobre aquellas masas declaradas en riesgo de intrusión salina por el Plan de la Demarcación hidrográfica del Segura y en sus modificaciones futuras. Así como los Valores de referencia del Anexo V del Reglamento del Dominio Público Hidráulico.

  • Parámetros fundamentales de la Subred ABAS ("pre-potables")

    Se consideran fundamentales los parámetros especificados según los Anexos del Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano. Así como, en su defecto, los valores límites comprendidos en el Real Decreto 817/2015, de 11 de septiembre y los Valores de referencia del Anexo V del Reglamento del Dominio Público Hidráulico. En aquellas masas declaradas como de “Uso Urbano Significativo” se aplicarán los Valores de Umbral asignados por el Plan de la Demarcación hidrográfica del Segura y en sus modificaciones futuras.

Estación de la RICCASS CA0707004 : “Nacimiento del Río Segura” (MASUB “Fuente Segura-Fuensanta”. Santiago-Pontones, Jaén)

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